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LA QUEJA DE DISCRIMINACIÓN POR DISCAPACIDAD PRESENTADA POR ANTONIO ÁLVAREZ CONTRA EL CONCELLO DE A CORUÑA LLEGA AL PARLAMENTO EUROPEO Y VALEDORA
La falta de accesibilidad y discriminación del Concello de A Coruña de personas con discapacidad, vecinos y peatones con movilidad reducida, tras más de dos décadas de incumplimiento de leyes y reglamentos de eliminación de barreras arquitectónicas, más de cinco y dos años desde que varias comunidades de la Avda. Pedro Barrié de la Maza solicitaron al Ayuntamiento rampas salva desniveles.
La persistencia del interlocutor-representante vecinal, la falta respuesta municipal, subsanable con una obra menor, no hecha durante las obras de ensanche de la acera de agosto 2020 y la vulneración de derechos fundamentales en la actuación administrativa del Ayuntamiento ha derivado en la elevación del problema a instituciones como el Parlamento Europeo, la Oficina de Atención de la Discapacidad, Dirección General de Políticas de Discapacidad del Ministerio de Derechos Sociales y Valedora do Pobo Galego, entre otros.
Las personas que lo sufren la falta de accesibilidad son residentes de varios inmuebles del Andén Riazor-Orzán, ahora Avenida Pedro Barrié de la Maza, usuarios y peatones del soportal público de mayor densidad peatonal de la ciudad, con varias lesionados por caídas de sillas de ruedas e intentar salvar desniveles, con una fallecida prematuramente y peticiones de 2010, 2016 y 2019, sin atender ni resolver. La falta de rampa de acceso convierte las viviendas para las personas con discapacidad en “nichos con ventanas”.
La nonagenaria María Freire Rieal y su hija, con numerosas caídas. Fallecida en agosto 2020, tras última caída en mayo anterior.
El plazo adaptación para eliminar barreras arquitectónicas anteriores al 4-12-2013 susceptibles de ajustes y de adaptación, como en este caso, tenían de plazo hasta el 4-12-2017, según Real Decreto Legislativo 1/2013.
Las Administraciones competentes son el Concello de A Coruña - Área de Urbanismo y Movilidad para ejecutar las obras y la Consellería de Política Social en materia de control de accesibilidad, por Ley 8/1997, Decreto 35/2000 y Ley 10/2014 de accesibilidad de Galicia, 49 y 9.2 Constitución, art. 21 y siguientes Carta de Derechos Fundamentales U.E. y Convención de la ONU de 2006, ratificado por España en 2008.
El reglamento de accesibilidad lo define como aquellos itinerarios que garantizan el uso no discriminatorio de la circulación de forma autónoma y continúa de todas las personas.
Salir en silla de ruedas con rampa manual y 2 familiares.
El reglamento y código de Accesibilidad establecen que cuando existan desniveles, como en este caso, está previsto y establecido que se salvarán mediante rampas adaptadas que se ajusten al código de accesibilidad (Decreto 35/2000), que deberán discurrir de manera colindante con la fachada, que es lo que hemos solicitado como Opción 3 el 19-02-2019.
De escándalo intolerable: Lo más indignante aún es que las barreras arquitectónicas de hormigón armado (forjado de la solera de los bajos y techo de los garajes) y retranqueo de 4 metros de los locales comerciales de los bajos existen para soportal público está establecido en las Ordenanzas del PGOU del Andén Riazor-Orzán, tramo 2, zona Z.8.5.
El problema y discriminación denunciada por las comunidades representadas por Antonio Álvarez, letrado jubilado y presidente de la asociación Castaño y Nogal, admitida como QUEJA y PETICIÓN a poderes supranacionales como el Parlamento Europeo, Dirección General de Políticas de Discapacidad y Valedora do Pobo de Galicia, cuestiona y desautoriza al equipo gobernante y técnicas y técnicos del Área de Urbanismo del Concello de A Coruña, más aún al haber utilizado “excusas” para no eliminar barreras y hacer las rampas que vienen solicitando desde hace años y cuando las normas son claras e inequívocas.
Otra nonagenaria con igual problema y caídas.
Preguntado Antonio Álvarez por cómo es posible que pasara esto en una Administración Pública de capital de provincia y órgano de control de la Comunidad Autónoma de Galicia tras alegaciones y recursos, nos manifestó “por exceso de confianzas”, la “creencias arraigada de que la <<excusa>> no estaría en el llamado <<siete de cada diez>> de ciudadanos y contribuyentes que asumen lo que les dicen servidores públicos que pagamos todos”, pues descubrir la verdad ha exigido un trabajo de investigación en registros públicos de 1948 a 1974 y 1975-1981 y 2005, archivos colegiales, privados y trabajo integrado que ronda la heroicidad.
Sencillamente intolerable, más habiendo personas lesionadas, hasta una fallecida prematuramente, de lo que ahora van a tener que responder desde el Concello, Alcaldía y Concejalía de Urbanismo de A Coruña. Cada uno frente al espejo de sus actos, dijo Antonio.